Reglamento IRPF – Todo lo que has de saber

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El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es un tributo inherente y personalísimo. Por consiguiente, se cobra a cada persona respetando los principios de igualdad y progreso. La renta de esta índole considera todos los factores personales y familiares. Además junto al IVA es uno de los principales efluentes de recaudación estatal. A través de la Agencia Tributaria se garantiza equidad e imparcialidad ante el cobro de este canon.

El acento a considerar en este asunto es todo el rendimiento del ciudadano. Tanto sus ganancias como sus pérdidas y cualquier colateral. Por lo tanto, en caso de imputaciones legales, de cualquier territorio se considerarán al momento de ver su rendimiento anual. Sigue leyendo y te contamos todo acerca de este reglamento.

Que Necesitas

Reglamento IRPF – Todo lo que has de saber

Algunos de los datos primordiales a considerar para este impuesto anual  mediante una cita son los siguientes:

  • DNI original del titular que acude a la cita. Por otro lado, el documento en copia de todos los que figurarán.
  • En el caso de necesitar que acudan otras personas a la declaración, deben prestar su consentimiento y aportar los documentos de la unidad familiar o de estos terceros en cuestión.
  • El IBAN de cuenta bancaria no puede prescindirse.
  • Los datos de las viviendas deben ser fidedignos ya sea que se trate de un título de propiedad o alquiler y deben incluirse los parámetros catastrales.
  • Constancias de trabajo.
  • Dicho material debe ser emitido por el empleador o quien paga los aportes y salarios.
  • En caso de suspensión o despido: monto de la indemnización, fechas o plazos , con detalles respecto al expediente en cuestión.
  • Registros  del capital inmobiliario.
  • Todos aquellos acuerdos de vivienda ya sean alquileres de departamentos, locales comerciales o garajes. Deben añadirse la relación en dicho acuerdo y justificar los ingresos. También incluir los gastos a reducir.
  • Otros a anexar son empresas radicadas, entidades financieras o de seguros de cualquier índole, facturas de los costos o gastos etc.
  • Balances de actividades económicas: Todo aquello que aporte datos sobre el balance de los movimientos monetarios y financieros del año en cuestión. Cada caso empresarial podrá volcar la información que se refiera a su rubro considerando los aspectos más minuciosos.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • Por venta de vivienda habitual: Escrituras de compra y de venta. Fechas de adquisición y transmisión. Importes reales, gastos y tributos de compra y venta. Las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida. Y datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de venta.
  • Transmisiones de inmuebles adquiridos por herencia: Escritura de adjudicación o aceptación de la herencia. Fechas de adquisición y transmisión. Importes reales, gastos y tributos de adquisición y venta.
  • Por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes, fondos de inversión, premios, etc.: Escrituras y/o documentación acreditativa. Fechas de adquisición y transmisión. Importes reales, gastos y tributos de compra y venta. Certificados de fondos de inversión.
  • Otros documentos.
  • Por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo: saldos pendientes de amortizar del préstamo original.
  • Con hipoteca: recibos de los seguros.
  • Por alquiler de vivienda: NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler.
  • Por donativos: los justificantes, etc.…
  • Está obligado a presentar declaración de la renta toda persona física, sea de nacionalidad española o no, siempre que haya residido en España durante ese año (o tenga en España la base de su actividad económica), que: Los autónomos que realizan una actividad económica o profesional están obligados a presentar la declaración de la renta siempre, aunque no lleguen a los mínimos de rentas establecidos cada año o incluso aunque tengan pérdidas.

Instrucciones

  1. Puesto que puede resultar compleja la primera declaración, hay páginas para realizar borradores y considerar todos los datos a contemplar. Es así que este boceto es fundamental para no dejar de lado deducciones que pueden resultar favorables.
  2. Para poder solicitar el borrador de la declaración, lo primero es ingresar a la página de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es, y visitar la sección Renta. Elegir el tipo de acceso, ya sea con número de referencia (puedes obtener uno si no lo posees), con DNI electrónico o con Clave PIN . Luego con el código de acceso ingresar y modificar el borrador de renta que te presenta el sistema. En el caso de los autónomos, Hacienda no tiene todos los datos de su actividad económica (el detalle de ingresos, gastos y beneficio final). Como los autónomos no pueden generar el borrador el sistema arrojará un documento con la información fiscal que tiene en ese momento. Con esta información, y usando la misma web, se puede generar la declaración de renta incluyendo los datos de la actividad económica que faltan. Ocurre lo mismo en el caso de que a Hacienda le conste que hemos tenido cambios en nuestro patrimonio: tampoco dispondrá de todos los datos por lo que nos facilita la información fiscal que posea en ese momento.
  3. Sopesar todos los datos correspondientes al caso. Es así que considerar cada tipo situación familiar y relación económica.
  4. Las rentas a incluir son las siguientes:
  5. Rentas derivadas del trabajo: rentas obtenidas por cada persona y que son fruto de su trabajo actual o anterior. Incluye, además de las nóminas cobradas en el año por el trabajo, el cobro de las pensiones, prestaciones de desempleo, subsidios, algunas indemnizaciones, becas, etc. Es lo que la ley llama “rendimientos del trabajo”.
  6. Provenientes de los ahorros: del dinero que se tenga en cuentas bancarias, fondos, depósitos bancarios u otro tipo de inversión financiera. Es lo que la ley llama “rendimientos del capital mobiliario”.
  7. Rentas derivadas de inmuebles: son las rentas que se obtienen por tener la propiedad de inmuebles. Puede ser por tenerlos arrendados, pero también por el mero hecho de tener una parte de su propiedad Hacienda les “imputa” o calcula una supuesta renta (renta imputada). Es lo que la ley llama “rendimientos de capital inmobiliario”.
  8. Rentas obtenidas de hacer una actividad empresarial o profesional: son las rentas o beneficios que se obtienen por hacer una actividad económica o profesional por cuenta propia. Son lo que todo el mundo entiende como los beneficios obtenidos por “trabajar como autónomo”, y que la ley llama “rendimientos de actividades económicas”.
  9. Rentas por ganancias o pérdidas patrimoniales: son las ganancias (o pérdidas) que se hayan generado derivadas de las entradas o salidas de bienes de nuestro patrimonio. Un ejemplo claro es la ganancia por la venta de un inmueble por un precio superior al que lo compramos.
  10. Exentas las siguientes rentas:
  11. Las prestaciones públicas extraordinarias por actos de terrorismo y las pensiones derivadas de medallas y condecoraciones concedidas por actos de terrorismo.
  12. Las ayudas de cualquier clase percibidas por los afectados por el virus de inmunodeficiencia humana, reguladas en el Real Decreto-ley 9/1993, de 28 de mayo.
  13. Las pensiones reconocidas en favor de aquellas personas que sufrieron lesiones o mutilaciones con ocasión o como consecuencia de la Guerra Civil 1936/1939, ya sea por el régimen de Clases Pasivas del Estado o al amparo de la legislación especial dictada al efecto.
  14. Las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales, en la cuantía legal o judicialmente reconocida.
  15. Indemnizaciones por despido o cese del trabajador.
  16. Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente.
  17. Las prestaciones familiares por hijo a cargo reguladas en el capítulo IX del título II del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
  18. Becas públicas percibidas para cursar estudios en todos los niveles y grados del sistema educativo, premios literarios, artísticos o científicos relevantes, ayudas de contenido económico a los deportistas de alto nivel.
  19. Premios de las loterías y apuestas organizadas, gratificaciones extraordinarias satisfechas por el Estado español.
  20. Por lo tanto el porcentaje se ajustará a lo que corresponda según el caso. En estos están contempladas las pensiones por invalidez y seguros de vida.
  21. Una vez que eso está completo y confirmado el borrador de la declaración de renta (revisar  todo al menos dos veces), también se puede optar por la opción de Presentar inmediatamente. O  descargar el documento para su impresión. Esta opción es para quien presenta la declaración de manera personal, si así lo desea, para lo cual es necesario que solicite cita previa. Aunque, si se quiere guardar una copia en físico, imprimirla es buena opción también. Esto es recomendable para tener a la mano como referencia para las declaraciones de los años próximos. En caso de querer presentarla personalmente, la solicitud de cita previa se hace en el mismo portal de la Agencia, haciendo clic en dicha opción. Luego ingresar clave pin, no. de referencia o DNI electrónico.
  22. Si el resultado de declaración es una devolución, únicamente revisar el número de IBAN de la cuenta. Los contribuyentes reciben su devolución en sus cuentas bancarias. Es así que aparece la cuenta detallada anteriormente. Pero si se desea puede cambiarse para recibir dinero en otro lugar de preferencia. Si, en cambio, el resultado indica que debes pagar, aparecerán marcadas las opciones para pago fraccionado y domiciliación de importe a ingresar. Se pueden elegir diversas formas de pago y luego presionar aceptar para finalizar.

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Consejos

  • Para realizar una reducción provechosa considerar el ingreso de aportes con meticulosidad. Es así que podrán presentarse las pensiones o planes de previsión asegurados. Claro estos tienen un tope de monto pero provocan una reducción significativa. La deducción por compra de una vivienda también es otro porcentaje favorecedor. Mientras que el estado lo considera una inversión este monto colabora en un equilibrio fructífero.
  • Por el contrario para quienes realizaron la venta de un inmueble esto es inverso. Excepto que reinviertan lo obtenido en forma total o parcial. En el caso de inversores y empresarios se considerarán tanto las inversiones como las pérdidas. Por consiguiente, al hacer estos números quizás requieran asesoría contable. Puesto que además se contempla cada situación, la crisis económica no queda fuera para los trabajadores tampoco. Por lo tanto, están considerados aquellos empleados de empresas extranjeras. La reducción para estos es significativa a nivel anual y se la considera un flujo de capital para la reactivación económica.

En resumen, el consejo primordial es situarse en un equilibrio y hacer la declaración contemplando todo con minuciosidad. Y no dejar de informarse sobre resoluciones o normas que puedan favorecer la situación personal.

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